julio 13, 2006

llevo toda la mañana atenazado por la siguiente duda: ¿bajo qué criterios ha de ser publicada la obra de alguien cuya vida transcurre bajo circunstancias especiales (la privación de libertad, por ejemplo)? en principio, no encuentro otro distinto a aquel bajo el que debería valorarse el trabajo de cualquier otro autor, a saber: su calidad intrínseca. y digo debería, a sabiendas de que suelen influir muchos otros factores. excepto si se trata de un alegato del reo contra las condiciones de su encarcelamiento o de una edición de corte benevolente y acrítica, no creo que deban existir eximentes para con la obra de nadie. por la misma razón, ¿por qué no editar cualquier cosa escrita por un sordo, un ciego o un tetrapléjico, por el mero hecho de serlo? (ha ocurrido, de hecho). la publicación de los primeros escritos de jean gênet -en la jaula por asesinato- y su posterior excarcelación, gracias a la presión ejercida por numerosos intelectuales y escritores franceses, obedece únicamente a dicho criterio. que lo que escribía era bueno.